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En los últimos días se ha filtrado un documento interno de ICE que ha encendido alarmas en comunidades inmigrantes de todo el país. El memo sugiere que agentes de ICE podrían intentar entrar a hogares sin una orden firmada por un juez, basándose únicamente en una orden administrativa. En este artículo te explicamos qué dice realmente el memo, por qué esta práctica viola la Constitución, y qué opciones tienes para protegerte a ti y a tu familia, incluso en un momento tan delicado.
El 21 de enero de 2026, se filtró un memo interno de ICE (con fecha de mayo 2025) que indica que los agentes de ICE pueden entrar a los hogares de personas con órdenes finales de deportación sin consentimiento y usando solo una orden administrativa, no una orden judicial firmada por un juez.
La respuesta corta: NO El memo no cita ninguna base legal para esta política, y no existe ninguna. Durante décadas, los tribunales han sido claros: las órdenes administrativas NO permiten al gobierno entrar a un hogar u otros espacios privados. El hogar recibe protecciones especiales bajo la Cuarta Enmienda de la Constitución. Solo una orden judicial, firmada por un juez, puede autorizar la entrada a un hogar. Esto es porque debe haber un control judicial sobre el poder ejecutivo. ICE es parte del poder ejecutivo y no puede proporcionarse este control a sí misma. ICE no puede darse permiso a sí misma para entrar a los hogares de las personas, así como los oficiales de policía no pueden escribir sus propias órdenes. Un memo de ICE no cambia la Constitución ni anula las decisiones de los tribunales. Todo lo que hace el memo es decirnos lo que ICE está intentando hacer impunemente.
Aunque no es legal, esperamos que los agentes de ICE sigan este memo y entren a los hogares sin una orden judicial o sin consentimiento. También sabemos que los agentes de ICE están armados y dispuestos a usar violencia y fuerza letal para hacer arrestos. Esto ha incluido:
Es muy probable que personas demanden a ICE por esta política, pero a la fecha de esta publicación, aún no se ha presentado ninguna demanda. Sin embargo, incluso una vez que se impugne la política:
OPCIÓN 1: NO DAR CONSENTIMIENTO
Si ICE dice que tiene una orden administrativa y tú consientes su entrada, puede ser difícil impugnar su entrada más tarde. Pero si te niegas a la entrada, pueden usar la fuerza, lo que podría incluir romper tu puerta o ventana y entrar con sus armas desenfundadas. También es posible que presenten cargos por resistencia al arresto u obstrucción, dependiendo de las circunstancias.
PUEDES DECIR: “No creo que tenga autoridad legal para entrar y no doy mi consentimiento. Sin embargo, estoy abriendo la puerta porque tengo miedo de que me haga daño si no lo hago.”
OPCIÓN 2: SI DECIDES PERMITIR LA ENTRADA
Incluso si consientes la entrada, recuerda que aún tienes derecho a:
Si te sientes seguro haciéndolo, grabar la interacción puede ser útil. Si es posible, usa un teléfono o aplicación que guarde el video en una cuenta basada en la nube para que no se pierda si te quitan el teléfono. Puede servir como evidencia útil en un procedimiento legal y puede ayudar a crear conciencia y aumentar la presión pública sobre ICE para detener esta práctica.
Reconocemos que no hay una buena respuesta aquí, y estamos contigo durante este tiempo aterrador y terrible. Seguiremos actualizando nuestros materiales a medida que surjan desarrollos legales en torno a este memo de ICE.
RECUERDA: Incluso si estás indocumentado, tienes derechos constitucionales. No permitas que nadie te diga lo contrario. Tu hogar merece protección, y tu dignidad merece respeto.
Si enfrentas una situación con ICE o necesitas prepararte legalmente, contacta a un abogado de inmigración de inmediato. En Eagan Immigration podemos ayudarte con una evaluación gratuita de tu caso. Solo debes llamarnos al 202-709-6439 o haz clic aquí para una consulta directamente con la abogada Lauren Eagan..
La información en este artículo es educativa y no constituye asesoría legal. Para orientación específica sobre tu caso, consulta con un abogado de inmigración. Fuente: National Immigration Project